domingo, 14 de abril de 2013

NORMATIVA EUROPEA SOBRE RESIDUOS

DIRECTIVA 2008/98/CE DEL PARLAMENTO EUROPEO SOBRE RESIDUOS

28) La presente Directiva debe contribuir a ir transformando la UE en una «sociedad del reciclado», que trate de evitar la generación de residuos y que utilice los residuos como un recurso. En particular, el Sexto Programa de Acción Comunitario en Materia de Medio Ambiente insta a la adopción de medidas destinadas a garantizar la separación en origen, la recogida y reciclado de flujos prioritarios de residuos. De acuerdo con este objetivo, y con vistas a facilitar o mejorar su potencial de valorización, los residuos se recogerán por separado siempre que sea viable desde el punto de vista técnico, medioambiental y económico, antes de someterlos a las operaciones de valorización que proporcionen el mejor resultado medioambiental global. Los Estados miembros deben incentivar la separación de los compuestos peligrosos de todos los flujos de residuos cuando sea necesario para lograr una buena gestión medioambiental.

Artículo 13

Protección de la salud humana y el medio ambiente

Los Estados miembros adoptarán las medidas necesarias para asegurar que la gestión de los residuos se realizará sin poner en peligro la salud humana y sin dañar al medio ambiente y, en particular:


a) sin crear riesgos para el agua, el aire o el suelo, ni para la fauna y la flora;

b) sin provocar incomodidades por el ruido o los olores; y

c) sin atentar contra los paisajes y los lugares de especial interés.
 
Artículo 31

Participación del público

Los Estados miembros garantizarán que los interesados pertinentes, las autoridades y el público en general tengan la oportunidad de participar en la elaboración de los planes de gestión de residuos y en los programas de prevención de residuos y tengan acceso a ellos, una vez elaborados, de conformidad con la Directiva 2003/35/CE o, si procede, de la Directiva 2001/42/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de junio de 2001, relativa a la evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente (1). Pondrán los planes y programas en un sitio de internet accesible al público.

Prisco A. Navarro Melián
Miembro Plataforma "La incineración No es la solución"

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